REGRESA PISO PAREJO A VENTA DE HIDROCARBUROS
Con tres votos a favor y dos en contra, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reinstauró las medidas asimétricas impuestas a Petróleos Mexicanos (Pemex) respecto a la venta de primera mano y comercialización de hidrocarburos, petroquímicos y petrolíferos, las cuales fueron aprobadas como parte de la Reforma Energética de 2014, para que la posición dominante de Pemex no desincentivara la entrada de nuevos competidores.
Con ello, se reinstauran la facultad de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para determinar medidas que permitirán que pequeños actores en materia de hidrocarburos puedan participar en el mercado mexicano y evitan que Pemex sea un monopolio.
En abril de 2021, el Congreso de la Unión aprobó una reforma a la Ley de Hidrocarburos que dejó sin efectos la facultad otorgada a la CRE para sujetar a principios de regulación asimétrica las ventas de primera mano de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.
La reforma fue presentada por el diputado morenista Manuel Rodríguez, quien argumentó que la regulación asimétrica ya no era necesaria porque Pemex ya no es el agente económico preponderante del sector, debido a los muchos permisos que la CRE ha otorgado a empresas privadas.
Este razonamiento generó críticas inmediatas y más de dos mil amparos de gasolineras, distribuidoras de combustibles, firmas de gas LP y gas natural, almacenadores y muchas otras empresas que reclamaron que el número de permisos, por sí mismo, no refleja el porcentaje real de participación de privados en el mercado ni condiciones de verdadera competencia con Pemex.
Ayer, los ministros Javier Laynez, Luis María Aguilar y Alberto Pérez Dayán consideraron que el Congreso invadió atribuciones de la CRE al establecer unilateralmente que Pemex ya enfrentaba suficiente competencia de empresas privadas en los sectores de ventas y comercialización de petróleo, petrolíferos, gas natural y gas LP.
En tanto, las ministras Loretta Ortiz y Yasmín Esquivel votaron en contra de la invalidación de la reforma de 2021.
La sentencia de los magistrados tiene efectos generales, lo que impide que la reforma se aplique en un futuro, debido a que afectaría a las empresas que no se ampararon en su momento, lo que generaría un desequilibrio en el mercado de hidrocarburos.