GUARDIA NACIONAL PODRÁ HACER TAREAS MINISTERIALES; 19 CONGRESOS DAN VÍA A CONSTITUCIONALIDAD
El Ministerio Público y las policías civiles pierden la exclusividad en la investigación de los delitos, pues ahora las Fuerzas Armadas, a través de su nuevo componente, la Guardia Nacional, podrá realizar esa investigción, pues así ordena la reforma constitucional que ayer consiguió los votos aprobatorios de 19 Congresos estatales, con lo cual está a días de ser una realidad.
A las 14:11 horas, con la aprobación del Congreso del estado de Chihuahua, a la cual se sumaron los panistas, la reforma constitucional en materia de Guardia Nacional consiguió los 17 votos mínimos que necesitaba para ser una realidad, con lo cual sumó un total de 31 horas 43 minutos desde que fue aprobada en lo general y en lo particular en el Senado, como Cámara revisora, las 06:28 horas del 25 de septiembre.
Los 17 votos fueron de los Congresos de los estados de Baja California, Campeche, Chihuahua –con el voto del PAN–, Ciudad de México, Colima, Durango –con el voto de la bancad del PRI–, Guerrero, Morelos, Oaxaca, Puebla, Quintan Roo, Sinaloa, Tabasco, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.
Momentos después se sumaron los Congresos de Nayarit y Michoacán, para hacer un total de 19 votos aprobatorios.
Será el domingo cuando a las 16:00 horas, el pleno del Senado realice el cómputo final de los votos obtenidos par declararla oficial, y después, a las 19:00 horas, lo hará la Cámara de Diputados, para que pueda ser publicada en el Diario Oficial de la Federaciones y entre en vigor al día siguiente.
La reforma, ya avalada por el llamado Constituyente Permanente, que está compuesto por el Senado, la Cámara de Diputados y los Congresos de los estados, establece que “la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público, a las policías y a la Guardia Nacional, en el ámbito de su competencia, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función”.
Ordena que “el Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno, incluida la Guardia Nacional, deben coordinarse entre sí para cumplir los fines de la seguridad pública y conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública”.
Dispone que “la Federación contará con la Guardia Nacional, fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal militar con formación policial, dependiente de la secretaría del ramo de Defensa Nacional, para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública en el ámbito de su competencia.
Los fines de la Guardia Nacional son los señalados en el párrafo noveno de este artículo, la coordinación y colaboración con las entidades federativas y municipios, así como la salvaguarda de los bienes y recursos de la Nación. La ley determinará la estructura orgánica y de dirección de la Guardia Nacional”, dice.
Para que la Guardia Nacional, que ahora será militar, pueda trabajar en tiempos de paz, se reformó el artículo 129, que no había sido alterado desde hace 167 años, pues todo ese tiempo mantuvo la redacción que le dio la Constitución de 1857, para evitar que los militares realizaran tareas civiles.
La nueva redacción, avalada a nivel federal y estatal, dice que “en tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tenga previstas en esta Constitución y las leyes que de ella emanen. Solamente habrá Comandancias Militares fijas y permanentes en los castillos, fortalezas y almacenes que dependan inmediatamente del Gobierno de la Unión; o en los campamentos, cuarteles o depósitos que, fuera de las poblaciones, estableciere para la estación de las tropas”.
Al ser una corporación militar, los 15 mil 158 elementos de la extinta Policía Federal, desaparecida en 2019 con el surgimiento de la Guardia Nacional, pero que se sumaron a ella, causarán baja en ella y se quedarán en la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana, que ahora delimitará sus funciones a delinear “los programas, políticas y acciones respectivos”.