DAN 4 AÑOS DE PRISIÓN A HOMBRE POR NO PAGAR MANUTENCIÓN DE SUS HIJOS EN OAXACA
Un Tribunal de Enjuiciamiento de Oaxaca dictó una sentencia condenatoria de cuatro años de prisión en contra de Marco A.R.A., al encontrarlo penalmente responsable del delito de incumplimiento de obligaciones alimentarias en agravio de cuatro menores de edad.
La Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO) confirmó la resolución judicial este miércoles, destacando que el fallo sienta un precedente en la entidad respecto a la cero tolerancia contra quienes vulneran los derechos de las infancias.
Dan prisión y multa a deudor
De acuerdo con la carpeta de investigación, el proceso penal inició tras una denuncia presentada ante la Vicefiscalía General de Control Regional. El ahora sentenciado había ignorado previamente las disposiciones de un Juez Familiar, quien fijó el monto de la pensión para la manutención de sus cuatro hijos, cuyas identidades se mantienen bajo reserva por ley.
Ante el impago reiterado y la falta de voluntad para cumplir con la asistencia familiar, elementos de la Agencia Estatal de Investigaciones (AEI) ejecutaron una orden de aprehensión, presentándolo ante la autoridad judicial.
Además de la pena privativa de libertad, el Tribunal impuso una sanción económica severa: el pago de más de 319 mil pesos por concepto de reparación del daño. Este monto corresponde a los pagos retroactivos que omitió entregar para la alimentación, vestido y salud de las víctimas.
Para la Fiscalía General del Estado de Oaxaca la procuración de justicia a favor de las niñas, niños y adolescentes es una prioridad, por ello, reafirma su compromiso de trabajar para que este sector de la población pueda acceder al ejercicio pleno de sus derechos humanos», señaló la dependencia.
Cárcel y «muerte civil»: Las penas por no pagar manutención en México
El caso de Oaxaca no es aislado, sino que responde a un endurecimiento del marco legal en México para combatir el abandono económico de los hijos. A nivel federal y estatal, las consecuencias para los deudores alimentarios van mucho más allá de la prisión.
Con la entrada en vigor del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (tras la reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes publicada en el DOF en mayo de 2023) y la llamada «Ley 3 de 3», los deudores morosos enfrentan una serie de restricciones administrativas y civiles conocidas coloquialmente como «muerte civil»:
• Restricciones Migratorias: Prohibición para salir del país y negativa para tramitar o renovar el pasaporte.
• Bloqueo de Trámites: Impedimento para obtener licencias de conducir y permisos oficiales.
• Veto Político y Laboral: Inhabilitación para ocupar cargos en el servicio público o postularse a cargos de elección popular (diputados, alcaldes, jueces, etc.).
• Candados Patrimoniales: El Registro Público de la Propiedad puede imponer gravámenes sobre inmuebles para garantizar el pago de la deuda.
• Registro Civil: Al contraer matrimonio, el Juez está obligado a informar a los contrayentes si su pareja se encuentra en el registro de deudores morosos.
En términos penales, el Código Penal Federal (Artículos 336 Bis) y los códigos estatales, como el de Oaxaca (Artículo 413), contemplan penas que van de los 3 a los 5 años de prisión, mismas que pueden agravarse si el deudor intenta ocultar bienes, renuncia a su empleo o simula insolvencia para evadir su responsabilidad.

